La Justicia Declara Ilegal Imponer un Seguro de Vida al Contratar una Hipoteca
Un fallo judicial reciente establece que las entidades bancarias no pueden obligar a los clientes a contratar un seguro de vida específico para acceder a una hipoteca, devolviendo miles de euros a los afectados.
El acceso a la vivienda se complica cada vez más en España, llevando a muchos ciudadanos a recurrir a la hipoteca como vía fundamental para adquirir un inmueble. No obstante, esta necesidad de financiación ha propiciado la inclusión de cláusulas abusivas por parte de los bancos, una práctica que los tribunales están corrigiendo a favor de los consumidores.
Sentencia Contra la Imposición de Seguros
Un ejemplo destacado de esta tendencia se ha conocido en Arganda del Rey (Madrid), donde el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº3 ha anulado tres seguros vinculados a una hipoteca contratada en 2019. La sentencia obliga a la entidad bancaria a devolver más de 25.000 euros a los prestatarios, al considerar que la contratación de estos seguros fue impuesta sin negociación previa ni información suficiente.
La pareja afectada, con una hipoteca de 264.000 euros, vio cómo más de 25.000 euros se destinaron a seguros de vida y protección de pagos en pago único, contratados de manera automática con compañías aseguradoras del propio grupo bancario. La magistrada enfatizó que los clientes no solicitaron estos seguros ni negociaron sus condiciones; les fueron impuestos como requisito indispensable para la concesión del préstamo.
El Derecho a Elegir del Consumidor
Esta resolución se apoya en la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario, la cual es clara: los bancos no tienen la potestad de obligar a contratar un seguro con una aseguradora concreta como condición para conceder una hipoteca. Si bien pueden exigir la existencia de un seguro que garantice el cumplimiento del contrato o un seguro de daños sobre el inmueble, el cliente debe tener plena libertad para elegir con qué compañía contratarlo.
Abogados especializados recuerdan que esta práctica de incluir seguros de vida, seguros de impago o incluso alarmas sin el consentimiento o conocimiento pleno del cliente es habitual. Como explica la jurista Pilar Gomar, «el banco no puede obligar a contratar un seguro con una entidad concreta para que sea concedida la hipoteca». En caso de hacerlo, la cláusula puede ser declarada nula, llevando a la devolución de las primas abonadas.
Cómo Reclamar
Los expertos aconsejan a los afectados que reclamen en primera instancia al propio banco. Si la respuesta no es satisfactoria, pueden elevar su queja al Banco de España o a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Si las vías administrativas no prosperan, acudir a los tribunales se perfila como una opción con una tendencia favorable a los consumidores en los últimos años.
El fallo de Arganda no es un caso aislado; es un precedente más que subraya la necesidad de transparencia y la defensa de los derechos del consumidor en un mercado hipotecario bajo una presión constante por la subida de precios.
Fuente de la Noticia: El texto original proviene de una noticia que detalla el fallo judicial en Arganda del Rey (Madrid) sobre la anulación de seguros vinculados a una hipoteca por imposición bancaria.
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