El Tribunal Supremo ha condenado a una entidad aseguradora a indemnizar con 23.953 euros a un menor de edad que fue atacado por un perro. La propietaria del animal, también condenada solidariamente a indemnizar a la víctima, tenía suscrita una póliza de responsabilidad civil con dicha compañía.
Según consta en la sentencia, el animal salió de la vivienda de su propietaria sin bozal una noche de verano y agredió al menor en el rellano del edificio. El niño sufrió lesiones por mordedura en el brazo izquierdo, que le dejaron secuelas.
La madre del menor, en representación legal de su hijo, demandó a la dueña del animal y a la compañía aseguradora reclamando la citada cantidad en concepto de responsabilidad civil extracontractual por las lesiones y secuelas sufridas.
En Primera Instancia, solo se condenó a la dueña del perro. Sin embargo, la Audiencia Provincial de Málaga revocó parcialmente esta sentencia para condenar también a la aseguradora al pago solidario de la indemnización.
Posteriormente, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo falló a favor de la dueña del animal, considerando que la Audiencia Provincial debió aplicar de oficio los intereses por mora del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro (LCS) respecto de la aseguradora, un tema que fue objeto del recurso de casación.
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Fuente: economistjurist.es